¿Tengo que esperar mucho tiempo si me niegan la visa?


La ley estadounidense generalmente requiere que los solicitantes de visado sean entrevistados por un funcionario consular en una Embajada o Consulado de Estados Unidos. Una vez revisada la información pertinente, la solicitud se aprueba o se deniega en función de las normas establecidas en la legislación estadounidense.
Aunque la gran mayoría de las solicitudes de visado se aprueban, la legislación estadounidense establece muchas normas por las que se puede denegar una solicitud de visado.
Una solicitud puede ser denegada porque el funcionario consular no dispone de toda la información necesaria para determinar si el solicitante es elegible para recibir un visado, porque el solicitante no cumple los requisitos para la categoría de visado para la que solicita, o porque la información revisada indica que el solicitante entra en el ámbito de uno de los motivos de inadmisibilidad o inelegibilidad de la ley.
Las acciones actuales y/o pasadas de un solicitante, como las actividades delictivas o relacionadas con las drogas, por ejemplo, pueden hacer que el solicitante no sea elegible para un visado.
Si se le deniega el visado, en la mayoría de los casos se notifica al solicitante el artículo de la ley que se aplica. El funcionario consular también informa a los solicitantes de visado si pueden solicitar una exención de su inelegibilidad.

¿Puedo volver aplicar para una visa?
Después de ser declarado inelegible para un visado, puede volver a solicitarlo en el futuro. Si vuelve a solicitar un visado después de haber sido declarado inelegible, con la excepción de las denegaciones 221(g), deberá presentar una nueva solicitud de visado y pagar de nuevo la tasa de solicitud de visado.
Si se le ha declarado inelegible en virtud de la sección 214(b) de la INA, debe poder presentar pruebas de cambios significativos en las circunstancias desde su última solicitud.
